Canal de Denuncias para Asesorías Fiscales y Despachos de Auditoría de Cuentas: Obligación y Plazos

Canal de Denuncias

La reciente Ley 2/2023, de 20 de febrero, ha marcado un hito en la protección de las personas que informan sobre infracciones normativas y en la lucha contra la corrupción en nuestro país. Esta legislación introduce una regulación fundamental: los Canales de Denuncias. Su objetivo principal es doble: proteger a quienes descubren infracciones graves o muy graves en el entorno laboral o profesional y garantizar que estas denuncias se realicen a través de Canales de Denuncias eficaces.

¿Qué son los Canales de Denuncias?

Los Canales de Denuncias son herramientas que permiten a cualquier persona relacionada con una entidad comunicar diversas infracciones, como acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión, así como acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave, especialmente aquellas que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y la Seguridad Social.

Obligación de Contar con un Canal de Denuncias

La Ley 2/2023 establece claramente quiénes están obligados a contar con un Canal de Denuncias:

Entidades privadas obligadas:

  1. Personas físicas o jurídicas del sector privado con cincuenta o más trabajadores.
  2. Personas jurídicas del sector privado que entren en el ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea en diversas áreas.
  3. Partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones que reciban o gestionen fondos públicos.

Además de las anteriores entidaes privadas obligadas, todas aquellas entidades jurídicas del sector privado que se encuentren sujetos a la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, estarán obligadas a contar con un Canal de Denuncias, ampliándose así las entidades obligadas a contar con un Canal de Denuncias, incluso si no superen los 50 trabajadores.

Dos de las entidades jurídicas del sector privado que queremos destacar como obligadas a contar con un Canal de Denuncias son, las Asesorías Fiscales y los Despachos de Auditoría de Cuentas.

Canal de denuncias
 

 

Artículo 2 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Sujetos obligados:

m) Los auditores de cuentas, contables externos, asesores fiscales y cualquier otra persona que se comprometa a prestar de manera directa o a través de otras personas relacionadas, ayuda material, asistencia o asesoramiento en cuestiones fiscales como actividad empresarial o profesional principal.

Asesorías Fiscales y Despachos de Auditoría de Cuentas

Para comprender mejor quiénes están afectados por estas regulaciones, es importante definir las asesorías fiscales y los despachos de auditoría de cuentas:

  • Asesorías Fiscales: Las asesorías fiscales son empresas o profesionales que brindan asesoramiento en cuestiones fiscales a empresas y particulares. Su objetivo es ayudar a sus clientes a cumplir con las obligaciones fiscales y optimizar su situación fiscal.
  • Despachos de Auditoría de Cuentas: Los despachos de auditoría de cuentas son empresas especializadas en realizar auditorías financieras y contables. Su labor es verificar la precisión y la integridad de la información financiera de las empresas, lo que contribuye a la transparencia y la confianza en los informes financieros.

Diferencias entre Asesorías Fiscales y Despachos de Auditoría de Cuentas

Aunque ambas entidades trabajan en el ámbito financiero y fiscal, existen diferencias clave entre las asesorías fiscales y los despachos de auditoría de cuentas:

  • Enfoque: Las asesorías fiscales se centran en proporcionar asesoramiento y planificación fiscal para cumplir con las obligaciones tributarias de sus clientes. Los despachos de auditoría de cuentas, por otro lado, se dedican a la verificación independiente de la información financiera y contable de las empresas.
  • Clientes: Las asesorías fiscales atienden principalmente a empresas y particulares que buscan cumplir con sus obligaciones fiscales y optimizar su situación fiscal. Los despachos de auditoría de cuentas trabajan con empresas que requieren auditorías financieras, como empresas cotizadas y entidades que deben presentar informes a reguladores.
  • Normativas: Las asesorías fiscales se rigen por las normativas fiscales y tributarias locales, mientras que los despachos de auditoría de cuentas siguen las normativas contables y de auditoría internacionales.

Plazos para Implementar un Canal de Denuncias

La regla general indica que tener un Canal de Denuncias en los términos requeridos por la legislación será obligatorio a partir del tercer mes desde la entrada en vigor de la Ley 2/2023, es decir, a partir del 13 de junio de 2023. Las sanciones por no cumplir con esta obligación pueden oscilar entre 600.001 y 1.000.000 de euros en casos graves.

Sin embargo, hay excepciones. Para empresas del sector privado con más de 50 trabajadores, pero menos de 250, así como para los sujetos públicos en municipios con menos de 10,000 habitantes, el plazo se amplía hasta diciembre de 2023.

No obstante, es importante destacar, que la anterior excepción de ampliación del plazo, solo afecta a las entidades del sector privado que están obligadas a contar con un Canal de Denuncias por tener mas de 50 trabajadores.

Así, las Asesorías y los despachos de Auditoría de Cuentas, al estar obligados a contar con un Canal de Denuncias dada su relación con la normativa de prevención de blanqueo de capitales, deben contar con un Canal de Denuncias desde el 13 de junio de 2023.

Contacta con Nosotros para Implementar un Canal de Denuncia Efectivo

Si eres una asesoría fiscal, un contable externo o un despacho de auditoría de cuentas y aún no has implementado un Canal de Denuncias, te invitamos a contactarnos. Estamos aquí para proporcionarte información y ayudarte a establecer un Canal de Denuncia confiable y efectivo. Comunícate con nosotros hoy mismo al teléfono 675627597 o envíanos un correo electrónico a info@canaldedenuncia.org. También puedes solicitar una cita online con nuestro equipo a través de nuestra página web para obtener más detalles sobre cómo podemos asistir a tu organización en esta importante tarea de cumplimiento.

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